Una investigación de la Facultad de Derecho de la UNR muestra la desprotección de los familiares de víctimas de delitos violentos.
Frente al incremento de la violencia urbana en los últimos años en la ciudad de Rosario, las respuestas que brinda el Estado resultan insuficientes en términos de investigación, esclarecimiento, castigo a los culpables, protección y acompañamiento a familiares de víctimas de homicidios violentos, de acuerdo a una investigación que se está realizando en la Facultad de Derecho de la UNR.
El trabajo “Acceso a la justicia de los familiares de víctimas de homicidios violentos” describe los obstáculos que enfrentan y las estrategias que desarrollan frente a esto. Se trata de una investigación socio-jurídica e interdisciplinaria que indaga sobre los aspectos culturales que inciden en el ejercicio de los derechos ciudadanos. La misma deja de lado los análisis clásicos que se basan en la tasa de esclarecimiento de los homicidios y las condenas y aborda el vínculo que entablan los familiares de víctimas con el Estado para obtener justicia y proteger sus derechos, a partir de sus representaciones sociales.
Cabe destacar que en febrero de 2014 entró en vigencia el nuevo sistema procesal penal fundado en el modelo acusatorio, el cual fue impulsado en base a las siguientes promesas: mejorar el desempeño del Estado en torno al esclarecimiento de los hechos criminales, la realización de juicios orales y públicos, mayor protección y protagonismo de las víctimas en el proceso penal, la reducción del dictado de prisiones preventivas, etc. “Sin embargo, al poco tiempo de su entrada en vigencia muchas de esas promesas resultan incumplidas”, afirma la Dra. Adriana Mack.
Para recabar información el equipo de la UNR realizó entrevistas en profundidad a vecinos y vecinas familiares de víctimas de homicidios violentos, situados en los barrios Ludueña y Las Flores de la ciudad de Rosario.
En esos relatos observaron que el principal obstáculo es el económico. “La mayoría de los entrevistados trabaja en el marco de actividades vinculadas a la economía popular o desarrolla tareas de cuidado hacia el interior del hogar, por lo que asistir a los Tribunales penales para entrevistarse con el fiscal y solicitar información respecto del avance de la causa implica ausentarse del trabajo y no poder cubrir las necesidades alimentarias del día, o bien no tener en quien delegar las tareas de cuidado”, cuentan.
Otros obstáculos son la distancia geográfica entre los Tribunales y los barrios y el aspecto lingüístico cultural, dado que las víctimas no llegan a comprender el lenguaje técnico utilizado en el ámbito judicial. Por otro lado, en muchos casos conviven en un mismo barrio el familiar de la víctima con el victimario y el “no acceso a la justicia” incide en la reproducción de la violencia social.
La estrategia empleada frente a estos impedimentos es vincularse con alguna organización social o política que pueda ayudar a la familia a acumular poder frente a la fiscalía y al Estado en general. Estas organizaciones van resolviendo en la emergencia, como por ejemplo el cura de la parroquia del barrio. Pero lo cierto es que en términos de prevenir nuevos conflictos, “hay una desarticulación de las áreas del Estado para actuar acompañando una vez que se produce el homicidio”, analizan y agregan: “Ante la falta de lazos con estas poblaciones, el Estado perdió legitimidad. Sólo se hizo presente a través de la Gendarmería luego de 22 homicidios ocurridos en el barrio Ludueña este año”.
Implementación de justicia
Los investigadores tienen una mirada crítica del derecho positivo que produce una ruptura con la tradición procesalista ya que se ponen en cuestión los principios de “igualdad procesal entre las partes” y la “presunción del conocimiento del derecho por parte de los justiciables”. Esto permite exhibir los obstáculos que atraviesan personas y colectivos en condición de vulnerabilidad para el ejercicio efectivo de sus derechos. “Asimismo comprender la brecha que existe entre las prácticas y representaciones sociales de las personas en condición de vulnerabilidad y las que se producen y se reproducen hacia el interior del sistema de justicia”, explica el Dr.Pablo Codarín.
El no acceso a la justicia del Estado o la injusticia del no acceso por parte de diversas categorías de personas definidas como “sectores vulnerables” o “marginados”, son los que de algún modo detentan como rasgo común la pobreza y precariedad económica y a partir de ello, la falta de poder y la debilidad política.
Desde la sociología jurídica se utiliza una categoría que es la de “implementación de la justicia”. “No basta con dictar una ley, para que sea efectiva necesita de instrumentos institucionales como políticas públicas”, explica la Dra Mack y allí tienen que intervenir los tres poderes y los tres niveles del Estado (municipal, provincial, nacional) que “hoy trabajan en compartimentos estancos”.
Entonces cuando se habla de “acceso a la justicia” por lo general se hace referencia a su ausencia y a la desprotección jurídico-política que ello genera. “Partir desde éste enfoque permite hacer referencias a “otras formas de justicia” y a otros trayectos que el sistema debería asimilar para garantizar un efectivo ejercicio de los derechos”, sostienen.
En este sentido los profesionales consideran que “si al Estado y a su sistema de justicia, le interesa acrecentar la comunicación y acercarse a las comunidades marginales y que estas a su vez se acerquen a ellos, con la intención de contribuir a la solución de algunos de sus problemas para reducir sus carencias, es necesario reconocer y desentrañar modos alternativos de vida y de cultura, así como formas de circulación social, en las que abundan los senderos, las bifurcaciones y las sendas cortadas. Si esta complejidad y diversidad no es comprendida e incorporada en las políticas judiciales, el acceso a la justicia continuará siendo un camino sin salida para la mayoría de los sectores socialmente marginados.”
Defensoría de víctimas
El 3 de noviembre pasado la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe aprobó por unanimidad la norma que prevé que el Estado brinde un servicio de representación judicial gratuita para que las víctimas puedan participar activamente del proceso penal que se les siga a los autores de los delitos.
La ley concede a la víctima el derecho a ser escuchada en un juicio, a declarar y a opinar, a decir lo que le pasó, lo que siente y el método será la forma que elija la propia víctima. Es decir que lo podrá hacer en su domicilio, por métodos virtuales, por escrito, por video o como lo crea mejor porque lo que cuenta es que pueda expresarse de la manera más cómoda.
Dentro de las modificaciones introducidas en el Senado se contempló la creación de la Defensoría de Víctimas, que velará para que se cumplan los derechos que la ley otorga a quienes resultaran víctimas de delitos, desde el policía que recibe la denuncia hasta el juez de Cámara que tiene que dictar una sentencia.
Adriana Mack es Doctora en Derecho, Magister en Ciencias Políticas y Sociología, Especialista en Derecho Constitucional y Ciencias Políticas. Investigadora del CIUNR, Profesora Asociada de Derecho Político Cátedra C, de Derecho de la Integración, de Acceso a la Justicia en la Facultad de Derecho de la UNR.
Pablo Codarín es Doctorando en Derecho, Maestrando en Sociología Jurídica, Docente de Derecho Político Cátedra C Facultad de Derecho de la UNR. Coordinador en la ciudad de Rosario de la Dirección de Acceso a la Justicia del Ministerio Público de la Acusación.
Periodista: Victoria Arrabal/Fotógrafo: Telam. Ramiro Ortega
Fuente: Universidad Nacional de Rosario